RECENSIONES DE ARTÍCULOS DE DERECHO ADMINISTRATIVO

📌 #Tadael
[ Nota de Interés] 📃

Las recensiones son comentarios, noticias o reseñas, de corta extensión, que se hacen sobre una obra literaria, artística o científica, y se publican en un periódico o en una revista. Aun cuando pueden ser símiles a un resumen, son en realidad una exposición sucinta de la obra misma.

Existen pues dos preguntas que estas suelen responder:

¿Vale la pena invertir tiempo en leer esa obra? Y ¿Podría prescindir de su lectura?

Para mayores alcances recomendamos ver las siguientes fuentes:

https://www.unav.es/users/RecetaRecension.html

https://estilojuridicoblog.wordpress.com/2016/05/06/como-analizar-una-sentencia/

https://jcvalderrama.webs.com/recension.htm

https://www.ugr.es/~acero/fm/C%F3mo%20hacer%20una%20recensi%F3n.pdf

 

En esta oportunidad, Andrés Fernández Pacherres, miembro principal del Tadael, ha elaborado unas breves recensiones de tres artículos donde se abordan temas relevantes de Derecho Administrativo, detallando sus aspectos esenciales. Te invitamos a revisar el contenido completo de cada uno de ellos. 

 

1) Actividad empresarial del Estado, competencia desleal y Servicios Públicos [Revista de Derecho Administrativo, 12, 2012]

María Quiñones Alayza: Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Máster en Derecho por la Universidad de Harvard. Fundadora de QA Legal. Pertenece a la asociación Women in the Profession.

La profesora explica de manera sucinta el problema que se presenta entre el principio de subsidiariedad y la actividad empresarial del Estado—tomando en cuenta su posible competencia desleal, con respecto al inciso 3 del artículo 14 del decreto Legislativo N° 1044—, para ello, analiza resoluciones del Indecopi y la diversa doctrina para distinguir conceptos de alta relevancia, como los Servicios Públicos económicos y sociales, que diferencian la actividad estatal que tiene naturaleza empresarial de la que debido a su esencialidad no debe regirse por criterios de mercado, de esta manera se concluye que todo Servicio Público no puede ser entendido como una actividad empresarial.

A continuación, el artículo completo:

 

2) ¿Razonabilidad, proporcionalidad o ambos? Una propuesta de delimitación de sus contenidos a partir del concepto de ponderación. [Themis Revista de Derecho, 55, 2008]

Úrsula Indacochea Prevost: Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con estudios de Maestría en Derecho Constitucional por la misma universidad. Máster en Estudios Avanzados en Derechos Humanos por la Universidad Carlos III de Madrid. Cofundadora de Constitucionalismo Crítico.

El artículo expone el problema existente entre los principios de razonabilidad y proporcionalidad, debido a su falta de distinción, y propone un método para el uso más eficiente de aquellos principios. Para tal fin, analiza los principios separadamente comparándolos con la ponderación, esta entendida gracias a la doctrina jurídica, de esta manera advierte la existencia de una complementariedad y un orden entre estos, que finalmente constituyen un método más eficaz para la resolución de conflictos entre principios jurídicos.

A continuación, el artículo completo:

 

3) La política pública subyacente en la nueva Ley de Contrataciones del Estado. [Administración Pública & Control, 20, 2015]

Alberto Retamozo Linares: Abogado y sociólogo, profesor principal de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Especialista en Derecho Administrativo y en Contrataciones con el Estado.

Ante la llegada de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, que derogó el Decreto Legislativo N° 1017, el autor nos manifiesta la política pública que la subyace. Para ello, en primer lugar analiza la política pública, explicando su relación con la política, otorgándole una definición, aclarando las políticas públicas de Estado y de gobierno, y su función en la redistribución. Finalmente, Retamozo señala los beneficios de la gestión por resultados, por la cual se decanta, y explica su importante relación con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública.

A continuación, el artículo completo: