APRUEBAN DIRECTIVA QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS PARA LA CONVERSIÓN INTEGRAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS A PLATAFORMAS O SERVICIOS DIGITALES

El 19 de junio se publicó la Resolución de la Secretaría de Gobierno Digital, mediante la cual se aprueba la Directiva N°001-2021-PCM/SGD, cuya finalidad consiste en orientar a las entidades de la administración pública en la conversión de procedimientos administrativos a plataformas o servicios digitales.

En ese sentido, la Directiva ha considerado una serie de herramientas tecnológicas que coadyuban a la transformación digital, las cuales pasaré a detallar brevemente.

En primer lugar, se ha establecido la plataforma integral de solicitudes digitales del Estado Peruano (FACILITA PERÚ), el cual permite la creación de formularios digitales para el acceso de tramites o servicios, efectuar pagos digitales u otro tipo de interacción digital.

En segundo lugar, se ha determinado la creación de la Plataforma Digital de Participación Ciudadana (PARTICIPA PERÚ), que constituye un canal digital para fomentar la participación de la sociedad civil, los sectores público y privado, la academia y los ciudadanos con propuestas para el logro del país.

En tercer lugar, se ha implementado la Plataforma Nacional de Software Colaborativo, el cual tiene por fin impulsar las prácticas de código abierto, los procesos de desarrollo colaborativo de software, la participación del sector privado, la academia y la sociedad civil y el control ciudadano en el desarrollo de las plataformas con impacto en la sociedad.

En cuarto lugar, mediante la Red Nacional de Innovadores digitales se busca compartir innovaciones y difundir nuevas metodologías digitales para ser aplicadas en los distintos ámbitos o proyectos de innovación digital en el sector público del país.

Adicionalmente, la Secretaría de Gobierno Digital evalúa el estado de desarrollo de la innovación digital de las entidades de la administración pública, el cual sirve para impulsar la transformación digital en base a metas concretas y en beneficio de los ciudadanos.

Finalmente, es preciso sostener que si bien las medidas sanitarias por el COVID-19 ameritan acelerar con la implementación de mecanismos no presenciales para relacionarse con la administración pública, no se debe dejar de considerar los principios y garantías que se observan en la tramitación del procedimiento administrativo, ya que pueden exigir su adecuación ante nuevos supuestos de indefensión que se presenten en el curso del procedimiento.

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