ENFOQUE DE GÉNERO EN LA GESTIÓN PÚBLICA

El jueves 22 de julio de 2021, en la sección de “mujer y poblaciones vulnerables”, entró en vigencia el Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en la Gestión Pública (N° 015-2021-MIMP), el cual busca eliminar todo tipo de vulneración al derecho de igualdad y, por lo tanto, no ser discriminado por su género.

La presente norma exige un cumplimiento de carácter obligatorio para todas las entidades de la administración pública en los tres niveles de gobierno (nacional, regional y local).
También, en el decreto se hace énfasis a las normas constitucionales que protegen el derecho de igualdad de las personas y compromisos internacionales respecto a derechos humanos en el sector de igualdad y no discriminación.

Es importante señalar a la ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, la cual dispone en su artículo 4 que es rol del Estado garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres removiendo los obstáculos que impidan el ejercicio pleno de este derecho

De este modo el Estado cumple con asegurar un trato horizontal y se abre camino a que, en la Gestión Pública, se respeten, se hagan valer los derechos de las mujeres.

Para más detalle revisar:

https://elperuano.pe/noticia/125208-promoveran-enfoque-de-genero-en-el-estado