APRUEBAN LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 0025-2020-CD-OSITRAN

[ Norma de Interés ]

Angélica Baños, miembro principal del Tadael, escribe acerca de la nueva norma emitida por Ositran.

El día de hoy, 16 de abril, se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución del Consejo Directivo N° 0025-2020-CD-OSITRAN, Resolución que precisan la información que será publicada en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia de OSITRAN, de forma permanente y actualizada.

A partir de las competencias atribuidas al Consejo Directivo de OSITRAN de conformidad con el numeral 20 del artículo 7 del D.S N° 012-2015-PCM, mediante la presente Resolución se hace efectivo el Principio de participación recogido en la LPAG 27444, que tiene por objeto que se brinde las condiciones necesarias para que los administrados accedan a la información de las Entidades de la Administración Pública.

Como bien sabemos a efectos de concretizar tal propósito se debe garantizar que la información sea lo más clara, transparente y oportuna posible y más aún si para ello se cuenta con plataformas que agilizan y dan mayor cobertura al acceso de la misma.

En virtud de ello se consigna en resumidas cuentas los siguientes artículos más relevantes:

  • Art.1.- Se publicará de forma permanente y actualizada la siguiente información:

i) Las audiencias públicas vinculadas a procedimientos normativos como tarifarios, garantizando para cada caso la información pertinente a su ámbito de actuación.
ii) Las reuniones de funcionarios, a cargo de las unidades de organización de OSITRAN con las Empresas prestadoras, supervisoras y con los miembros de consejos de usuarios.
iii) Sanciones y penalidades consentidas y ellas en virtud de un ranking por sector y Entidad prestadora.
iv) Reclamos presentados por Usuarios contra Entidades Prestadoras y apelaciones derivadas de reclamos presentados por Usuarios contra estas últimas, incluyendo ranking por sector y Entidades Prestadoras, a cargo de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, y la Secretaría Técnica del Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos, respectivamente.
v) Pedidos del Congreso de la República con la atención respectiva por parte de la Entidad, a cargo de la Gerencia de Asesoría Jurídica.
vi) Las agendas y actas del Consejo Directivo para sus sesiones.

  • Art.2.- Las unidades de organización responsables de la información proporcionen ello semanalmente a la Oficina de Comunicación Corporativa para que este consigne aquello en el portal de la Institución.
  • Art.5.- La Oficina de Comunicación Corporativa difunda esta resolución a todos los ámbitos de actuación que conforma OSITRAN, siendo la Oficina de Gestión Documentaria de la Gerencia General la encargada de verificar el cumplimiento e informar de ello al Comité de Mejora Regulatoria acerca de éste.

Para un conocimiento a detalle de los artículos de la presente Resolución del Consejo Directivo N° 0025-2020-CD-OSITRAN, objeto de la presente publicación, se les adjunta el link respectivo:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/precisan-la-informacion-que-sera-publicada-en-el-portal-inst-resolucion-n-0025-2020-cd-ositran-1865545-1/

Imagen: https://www.ositran.gob.pe/